AGIP: Nueva Cuenta Corriente Tributaria (NCCT), incorporación de contribuyentes de Ingresos Brutos

Por medio de la Resolución 752/2021 se incorpora a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en las siguientes fechas:

  • desde el día 1° de junio de 2021 los nominados en el Anexo I.
  • desde el día 1° de agosto de 2021 los nominados en el Anexo II

El texto completo de la Resolución es el siguiente:

RESOLUCIÓN N.º 752/DGR/21

Buenos Aires, 20 de mayo de 2021

VISTO: LA RESOLUCIÓN Nº 311-AGIP/2020 (BOCBA Nº 6025) Y SU MODIFICATORIA RESOLUCIÓN Nº 14-AGIP/21 (BOCBA Nº 6040), Y

CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución Nº 311-AGIP/2020 y su modificatoria se implementa una Nueva Cuenta Corriente Tributaria, la cual permite la verificación automática de la existencia de deuda previa en los procedimientos de compensaciones o reimputaciones de pagos, mejorando la eficiencia en el proceso recaudatorio y disminuyendo las cargas tributarias operativas de los contribuyentes;

Que por el artículo 2° de la citada Resolución se establece que la Nueva Cuenta Corriente Tributaria resulta de aplicación para las Entidades Financieras regidas por la Ley Nacional Nº 21.526 y los Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que hubieran ingresado el Anticipo Tributario Extraordinario (ATE);

Que por otra parte, el artículo 23 de la norma mencionada faculta a esta Dirección General de Rentas a incorporar nuevos contribuyentes a la Nueva Cuenta Corriente Tributaria, los cuales serán notificados mediante comunicación informativa al Domicilio Fiscal Electrónico (DFE);

Que en virtud del óptimo funcionamiento del nuevo sistema integral de gestión tributaria y con el objetivo de extender gradualmente sus beneficios a la totalidad de los contribuyentes y responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, resulta oportuno proceder a la incorporación de nuevos sujetos pasivos de dicho tributo; Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 23 de la Resolución Nº 311-AGIP/20 y su modificatoria Nº 14-AGIP/21,

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

 RESUELVE

Artículo 1°.- Incorpóranse desde el día 1° de junio de 2021 al Sistema de Nueva Cuenta Corriente Tributaria a los contribuyentes y responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos nominados en el Anexo I.

 Artículo 2°.- Incorpóranse desde el día 1° de agosto de 2021 al Sistema de Nueva Cuenta Corriente Tributaria a los contribuyentes y responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos nominados en el Anexo II.

Artículo 3°.- Los contribuyentes y responsables contemplados en los artículos 1° y 2° de la presente Resolución, deberán utilizar el Sistema de Nueva Cuenta Corriente Tributaria a partir de los Anticipos 5/2021 y 7/2021 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, respectivamente, conforme los lineamientos y pautas previstas en la Resolución Nº 311-AGIP/20, su modificatoria Nº 14-AGIP/21 y complementarias.

Artículo 4°.- Apruebánse los Anexos I y II, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución a todos sus efectos.

Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a todas las áreas dependientes de esta Dirección General de Rentas. Nº 6129 – 21/05/2021 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 100 Pase a la Subdirección General de Sistemas dependiente de la Dirección General de Planificación y Control y a las Subdirecciones General de Sistematización de la Recaudación y de Agentes de Recaudación y Control Fiscal, ambas dependientes de la Dirección General de Rentas, para su conocimiento y demás efectos. Notifíquese a los contribuyentes y responsables de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30, inciso 5), del Código Fiscal vigente. Cumplido, archívese. Tujsnaider

ANEXO I Contribuyentes Incorporados a la nueva Cuenta Corriente Tributaria (NCCT)

ANEXO II Contribuyentes Incorporados a la nueva Cuenta Corriente Tributaria (NCCT)

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