Se publicó en el boletón Oficial la presente resolución en el marco de la operatoria para facilitar los trámites On Line.
ARTÍCULO 1°.- Eximir a los contribuyentes y responsables, hasta el día 30 de junio de 2020 inclusive, de la obligación de registrar los datos biométricos conforme a lo previsto en el Artículo 3° de la Resolución General N° 2.811, su modificatoria y su complementaria, ante las dependencias en las que se encuentren inscriptos, a fin de permitir la realización de las transacciones digitales que así lo requieran.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Te recordamos en las siguientes notas, otros trámites que se pueden realizar sin salir de casa: