Fuente: Consejo CABA
El Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal Nro. 12 dictó un nuevo proveído ante las presentaciones realizadas por el Consejo Profesional CABA y la AFIP en el marco de la Acción de Amparo emprendida en procura del pedido de reprogramación de los vencimientos del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales.
En el texto de la resolución se establece: la suspensión de los vencimientos establecidos por la AFIP-DGI para la presentación y el pago de las declaraciones juradas determinativas del impuesto a las ganancias -incluyendo el impuesto cedular- y del impuesto sobre los bienes personales del Período Fiscal 2021 de las personas humanas dispuestos mediante la Resol. gral. Nro. 5192/2022.
Se aclara que, “tanto la medida interina ordenada con fecha 22/06/2022 como la medida cautelar que aquí se ordena alcanza a los/las profesionales matriculados/as en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires que intervengan como representantes de clientes que les hayan delegado formalmente el acceso a los servicios de la AFIP-DGI, así como también que realicen su labor profesional en la modalidad de asesoramiento tributario”.
Asimismo, ordena a la actora y a la demandada la publicación de la presente resolución en sus páginas web institucionales, en el plazo de (1) día, a efectos de que eventuales interesados puedan ejercer su derecho de adhesión o autoexclusión. Todo lo cual deberá acreditarse en autos oportunamente.