Fuente: Consejo CABA
La AFIP interpuso recurso de apelación contra la medida cautelar dictada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nro. 12. De este modo se produce el efecto previsto por el art. 15 de la L. 16.986, a través del cual se suspende la medida dictada en espera de la resolución de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.
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