Fuente: AFIP
Los empleadores que deben utilizar el Libro de Sueldos Digital para los salarios devengados de mayo dispondrán de un período de prueba hasta el 14/5.
Quienes deban utilizar la herramienta para haberes devengados de junio tendrán tiempo hasta el 11/6
Recordemos que:
- Los empleadores que deben utilizar el servicio en forma obligatoria son notificados a través del Domicilio Fiscal Electrónico.
- Sólo podrán adherirse al servicio los empleadores obligados por AFIP o que hayan solicitado la adhesión voluntaria y tengan aprobada dicha solicitud.
- Para los empleadores que se encuentran obligados, el requisito de firma digital no es exigible.
- Su uso no exime del cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad local de trabajo.
- Este sistema será el único canal disponible para el ingreso de la declaración jurada de Seguridad Social, F931, desde el período de obligatoriedad notificado.
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