Programa “ANSES VA A TU TRABAJO”. Resolución 363/20

Mediante la Resolución 363/20 se modifica la Resolución 68/2018 referida al Programa “ANSES VA A TU TRABAJO”, destinado a cubrir la atención por parte de esta Administración a trabajadores – y cónyuges, convivientes e hijos e hijas de éstos, menores de 18 años – que prestan servicios en empresas, Organismos Públicos o que se encuentran alcanzados por representación en Entidades Intermedias o Entidades del Tercer Sector que, en virtud de sus específicas características administrativas y/u operativas, resulte provechoso para ambas partes incluir en el Programa”.

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 363/2020

RESOL-2020-363-ANSES-ANSES

Ciudad de Buenos Aires, 07/10/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-61223439-ANSES-DGPC#ANSES, la Ley N° 27.426, el Decreto N° 110 de fecha 7 de febrero de 2018 y las Resoluciones de esta Administración Nacional N° RESOL- 2017-246-ANSES-ANSES de fecha 19 de diciembre de 2017, RESOL-2018-68-ANSES-ANSES de fecha 27 de abril de 2018, RESOL-2018-165-ANSES-ANSES del 1° de octubre de 2018 y RESOL-2020-239-ANSES-ANSES de fecha 30 de junio de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 110/18 se reglamentó la Ley N° 27.426, y se instruyó a esta Administración Nacional de la Seguridad Social, para que instrumente un mecanismo expedito tendiente a brindar al empleador la información necesaria a fin de constatar el derecho que le asista al trabajador a su cargo para obtener la Prestación Básica Universal (PBU), conforme lo establecido por la Ley N° 24.241 y sus modificatorias.

Que la Dirección General de Prestaciones Descentralizadas, conforme los términos del Informe N° IF-2018-09493647-ANSES-DGPD#ANSES, propició implementar un procedimiento que permita ampliar la atención al público en todo el territorio geográfico de la Nación, reduciendo el impacto de requerimientos presenciales en las Unidades de Atención Integral (UDAI) y agilizando, en consecuencia, los trámites que deseen realizar los trabajadores en relación de dependencia, brindando información, asesoramiento y facilitando la iniciación de trámites.

Que la Resolución N° RESOL-2018-68-ANSES-ANSES creó el Programa “ANSES VA A TU TRABAJO” con el objetivo de diseñar un canal descentralizado de atención con doble vía: presencial y remota, para brindar asesoramiento y facilitar la gestión de los trámites que disponga esta Administración Nacional, a los trabajadores de las empresas, entidades intermedias y organismos públicos inscriptos en el mismo.

Que la mencionada Resolución aprobó el Modelo de Convenio que deberá ser suscripto por las Empresas, Entidades Intermedias y Organismos Públicos que pretendan adherirse al Programa.

Que, asimismo, se estableció que la Dirección General de Prestaciones Descentralizadas sea la encargada de administrar el REGISTRO DE ENTIDADES ADHERIDAS AL “PROGRAMA ANSES VA A TU TRABAJO” y de designar a los agentes de ANSES que actuarían como Operadores de Enlace con cada empresa, entidad y/u organismo incluido en el Programa.

Que, en virtud de la dinámica del Programa y de la diversidad de Organismos Públicos, Entidades Intermedias, Empresas y Entidades del Tercer Sector que pueden adherirse al mismo, a través de la Resolución N° RESOL-2018-165-ANSES-ANSES, se facultó a la Dirección General de Prestaciones Descentralizadas a realizar las modificaciones al modelo de Convenio aprobado por el Artículo 5° de la Resolución N° RESOL-2018-68- ANSES-ANSES; a fin de permitir que el mismo se ajuste a las necesidades de cada caso particular, siempre que se respete el objeto y finalidad del Programa.

Que por Resolución N° RESOL-2020-239-ANSES-ANSES, se modificó la denominación y/o dependencia de las unidades de estructura de la Subdirección Ejecutiva de Prestaciones de esta Administración Nacional.

Que en razón de lo expuesto, resulta necesario adecuar las normas que regulan el funcionamiento del Programa “ANSES VA A TU TRABAJO” en orden a la dinámica del Programa y conforme los cambios de dependencia de las unidades de estructura realizados por la Resolución N° RESOL-2020-239-ANSES-ANSES.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 2741/91, el artículo 36 de la Ley N° 24.241 y el Decreto N° 429/20.

Por ello,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Modifícase el ARTÍCULO 1° de la Resolución N° RESOL-2018-68- ANSES-ANSES, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 1°: Crease el Programa “ANSES VA A TU TRABAJO” en el ámbito de la Dirección General de Prestaciones Centralizadas, dependiente de la Subdirección Ejecutiva de Prestaciones, de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, destinado a cubrir la atención por parte de esta Administración a trabajadores – y cónyuges, convivientes e hijos e hijas de éstos, menores de 18 años – que prestan servicios en empresas, Organismos Públicos o que se encuentran alcanzados por representación en Entidades Intermedias o Entidades del Tercer Sector que, en virtud de sus específicas características administrativas y/u operativas, resulte provechoso para ambas partes incluir en el Programa”.

ARTICULO 2º.- Modifícase el ARTÍCULO 2° de la Resolución N° RESOL-2018-68-ANSES-ANSES, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 2°.- Establécese que el objeto del Programa creado por el artículo 1° de la presente, consiste en generar un canal de atención específico entre ANSES y los Organismos Públicos, Entidades Intermedias, Empresas y Entidades del Tercer Sector que permita acercar a los trabajadores los trámites y servicios de esta Administración Nacional, brindando asesoramiento y facilitando la tramitación de los mismos.”

ARTICULO 3º.- Modifícase el ARTÍCULO 3° de la Resolución N° RESOL-2018-68-ANSES-ANSES, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 3º.- Establécese que la Dirección General de Diseño de Normas y Procesos, a solicitud de la Dirección General de Prestaciones Centralizadas, aprobará las normas de procedimientos que determinen los trámites elegibles para ser desarrollados bajo esta modalidad. La Dirección General de Prestaciones Centralizadas estará facultada para determinar -en cada Convenio- la lista de trámites y servicios alcanzados en cada acuerdo particular.”

ARTICULO 4º.- Modifícase el ARTÍCULO 4° de la Resolución N° RESOL-2018-68-ANSES-ANSES, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 4º.- Los Organismos Públicos, Entidades Intermedias, Empresas y Entidades del Tercer Sector que pretendan adherirse al Programa “ANSES VA A TU TRABAJO” deberán presentar ante ANSES la documentación necesaria para acreditar su personería jurídica, identificar sus referentes técnicos y suscribir el correspondiente Convenio para su implementación. Dicho instrumento podrá ser firmado por la máxima autoridad del adherente, o bien, por el representante legal que éste designe”.

ARTICULO 5º.- Modifícase el ARTÍCULO 6° de la Resolución N° RESOL-2018-68-ANSES-ANSES, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 6° Créase el REGISTRO DE ENTIDADES ADHERIDAS AL PROGRAMA “ANSES VA A TU TRABAJO”, el que funcionará en la órbita de la Dirección General de Prestaciones Centralizadas, o donde esta instancia lo determine y en el cual se registrarán todas las empresas que sean aceptadas para ser parte del Programa.”

ARTICULO 6º.- Modifícase el ARTÍCULO 7° de la Resolución N° RESOL-2018-68-ANSES-ANSES, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 7°.- Delégase en la Dirección General de Prestaciones Centralizadas la facultad de:

a. Aprobar la incorporación al Programa de los Organismos Públicos, Entidades Intermedias, Empresas y Entidades del Tercer Sector que lo soliciten.

b. Administrar y gestionar el REGISTRO DE ENTIDADES ADHERIDAS AL PROGRAMA “ANSES VA A TU TRABAJO”.

c. Suscribir los Convenios de adhesión al Programa con los Organismos Públicos, Entidades Intermedias, Empresas y Entidades del Tercer Sector que lo soliciten, siguiendo el modelo aprobado por el artículo 5° de la presente Resolución.

d. Determinar los trámites habilitados para ser realizados bajo esta modalidad en cada Organismo Público, Entidad Intermedia, Empresa y Entidad del Tercer Sector.”

ARTICULO 7º.- Modifícase el ARTÍCULO 8° de la Resolución N° RESOL-2018-68-ANSES-ANSES, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 8°.- Establécese que la Dirección General de Prestaciones Centralizadas designará, a través de la Coordinación Atención a Organismos Públicos, Empresas y Entidades Intermedias, a los agentes de ANSES que actuarán como Operadores de Enlace con cada Organismo Público, Entidad Intermedia, Empresa o Entidad del Tercer Sector incluido en el Programa.”

ARTICULO 8º.- Modifícase el ANEXO II de la Resolución N° RESOL-2018-68-ANSES-ANSES, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ANEXO II

CONDICIONES GENERALES DEL PROGRAMA “ANSES VA A TU TRABAJO”

La Dirección General de Prestaciones Centralizadas, dependiente de la Subdirección Ejecutiva de Prestaciones de esta ANSES, lleva a cabo la implementación del Programa “ANSES VA A TU TRABAJO” aprobado por la presente Resolución.

El Programa, crea un canal de atención con doble vía: presencial y remota, para la atención de los trámites que disponga esta Administración Nacional, a los Organismos Públicos, Entidades Intermedias, Empresas y Entidades del Tercer Sector.

La medida propuesta permite ampliar la atención al público en todo el territorio geográfico de la Nación, reduciendo el impacto de requerimientos presenciales en las UDAI y agilizando, en consecuencia, los trámites que deseen realizar tanto los trabajadores en relación de dependencia, como así también sus cónyuges, convivientes e hijos e hijas de éstos, menores de 18 años, brindando información, asesoramiento y facilitando la iniciación de trámites.

A los fines de lograr la difusión del Programa, la Dirección General de Prestaciones Centralizadas trabajará junto a la Dirección de Comunicaciones para elaborar y efectuar los anuncios correspondientes por los medios gráficos y/o tecnológicos a los que ANSES tuviera acceso.

En ese sentido, se efectuará una reseña del Programa y se consignará una casilla de correo electrónico para aquellos actores que quieran adherirse al mismo (siempre que se encuentren dentro de los sujetos destinatarios del Programa). Dicha casilla, también servirá como canal de comunicación y/o transmisión de novedades entre ambas partes.

La designación de los operadores quedará por cuenta y orden de las coordinaciones que lleven adelante el Programa, a íntegra aprobación de la Dirección General de Prestaciones Centralizadas, quien tiene en su órbita el control del total de la operatoria.

Cada operador llevará adelante las comunicaciones inherentes a las consultas y trámites bajo la supervisión correspondiente, con los Organismos Públicos, Entidades Intermedias, Empresas y Entidades del Tercer Sector que le fueran asignados y no podrá delegar sus funciones, salvo por requerimiento expreso de los responsables a cargo del Programa.

Cada Organismo Público, Entidad Intermedia, Empresa y Entidad del Tercer Sector, designará DOS (2) Representantes Técnicos, quienes serán los encargados de interactuar en forma directa con los Operadores de Enlace designados por ANSES, para la gestión de los trámites.

Cada Operador de Enlace de ANSES capacitará a los Representantes Técnicos designados de los Organismos Públicos, Entidades Intermedias, Empresas y Entidades del Tercer Sector sobre las prestaciones que otorga el Organismo y ofrecerá una comunicación alternativa a través de la Línea 130 para aquellas dudas que los Representantes Técnicos, en el ejercicio de sus funciones, no logren evacuar.

A su vez, se desarrollará a través de la Dirección General Diseño de Normas y Procesos, un requerimiento para que la comunicación pueda realizarse mediante Clave de Seguridad Social Corporativa.

Circuito:

• El Organismo Público, Entidad Intermedia, Empresa o Entidad del Tercer Sector se contacta con ANSES y manifiesta su voluntad para adherirse al Programa ANSES VA A TU TRABAJO.

• ANSES también puede invitar a los Organismos Públicos, Entidades Intermedias, Empresas y Entidades del Tercer Sector que a su criterio se ajusten al Programa, a adherirse al mismo.

• Los Organismos Públicos, Entidades Intermedias, Empresas y Entidades del Tercer Sector procederán a firmar un Convenio, con esta Administración conforme el modelo que se apruebe al efecto.

• La Dirección General Prestaciones Centralizadas elaborará un Registro de Actores Adheridos y tomará nota de aquellas personas que hayan sido designadas como Representantes Técnicos de cada Organismo Público, Entidad Intermedia, Empresa y Entidad del Tercer Sector a fin de armar un cuadro de relaciones entre Operador de ANSES y el Representante Técnico”.

ARTICULO 9º.- Modifícase el Artículo 1° de la Resolución N° RESOL-2018-165-ANSES-ANSES, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 1°.- Facúltese a la Dirección General de Prestaciones Centralizadas a realizar modificaciones al modelo de Convenio aprobado por el Artículo 5° de la Resolución N° RESOL-2018-68-ANSES-ANSES, a fin de adaptarlo a las necesidades de cada caso particular, siempre que se respete el objeto y finalidad del Programa, y dichos cambios se limiten a:

a) Jurisdicción y competencia aplicable para la resolución de conflictos.

b) Plazo de duración o rescisión del Convenio.

c) Cantidad de Representantes Técnicos que actuarán en nombre de la entidad y serán los enlaces directos con los Operadores de la ANSES.

d) Cuestiones formales que resulten necesarias en el caso particular, a fin de poder implementar el Programa.”

ARTÍCULO 10°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente, archívese. Maria Fernanda Raverta

e. 13/10/2020 N° 45707/20 v. 13/10/2020

Fecha de publicación 13/10/2020

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