AGIP y ARBA, beneficios y prórrogas para Pymes y Contribuyentes afectados

Ambos organismos anunciaron en sus respectivos sitios webs algunas prórrogas y beneficios respecto de los tributos a recaudar teniendo en cuenta el impacto de la Pandemia en dichas áreas geográficas.

En la Ciudad de Buenos Aires las prórrogas son las siguientes:

Resolución Nº 1042/DGR/2020

  • Inmobiliario/ABL – Prórroga al 31/07/2020.

Resolución Nº 205/AGIP/2020

  • Contribución por el Uso y la Ocupación de la Superficie de bienes del dominio público con puestos de venta ambulante – Prórroga al 31/08/2020.
  • Planes de Facilidades correspondientes a los Gravámenes Ambientales, Embarcaciones Deportivas o de Recreación y Gravámenes por la ocupación o uso de la vía pública con estructuras tubulares de sostén para andamios, locales destinados a la venta de edificio en propiedad horizontal y vallas provisorias – Prórroga al 31/08/2020.
  • Plan de Facilidades Decreto Nº 606/96 (2º Vencimiento) –  Prórroga al 31/07/2020.  

Res. Nº 1073/DGR/2020

  • Contribución por publicidad – Prórroga al 14/08/2020.

Res. Nº 210/AGIP/2020

  • Ferial Fiscal (plazos procedimentales) – Prórroga al 17/07/2020.

En la Provincia de Buenes Aires las novedades son las siguientes:

NUEVOS PLANES DE PAGO Y BENEFICIOS DE ARBA PARA PYMES Y CONTRIBUYENTES AFECTADOS POR LA PANDEMIA


Las iniciativas incluyen a empresas, pymes, autónomos y al resto de los contribuyentes, y abarcan planes de pago para regularizar deudas; bonificaciones hasta fin de año en Ingresos Brutos; disminución de alícuotas vinculadas a regímenes de retención y percepción; y beneficios para quienes cuenten con saldos a favor.

  • Respecto de los programas de regularización, ARBA extendió los planes generales de pago para cancelar deudas de todos los impuestos, y abrió la posibilidad de incluir tributos vencidos hasta el 31 de mayo pasado.

De esta manera, se contempla lo sucedido en los últimos meses, en los que por efecto de la crisis generada por el Covid-19 cayeron los ingresos, afectando el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

  • En el caso de quienes estén inscriptos para desarrollar actividad económica de cualquier rubro, y que entre marzo y mayo hubiesen declarado un ingreso de hasta un 5% mayor que el año pasado, se diseñó un plan especial para cancelar deudas en 12 cuotas sin interés o en 18 con tasa fija.
  • También se sumó un programa de pagos específico para agentes de recaudación, que comprende deudas por omisión en Ingresos Brutos.
  • Otro beneficio para ese sector fue la ampliación del plazo de ingreso de las percepciones, que pasó de 15 a 30 días.
  • Para aquellos contribuyentes de Ingresos Brutos que facturaron en 2019 hasta $1 millón, y también para pymes y empresas que hayan sufrido una caída en sus ventas —lo que les generó un aumento en la relación entre deducciones e impuesto determinado-—, se dispuso una reducción al mínimo de las alícuotas de retención y percepción en los regímenes de recaudación.
  • El programa de asistencia prevé además una bonificación en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos que regirá hasta finales de 2020.

Ese beneficio, que será del 50% para pymes y del 15% para el resto de los contribuyentes, se orienta a los sectores más afectados por la pandemia, entre ellos el comercio minorista de productos no esenciales, turismo, cultura, peluquerías, estéticas y otros servicios.

  • Por último, para brindar un alivio a quienes poseen saldos a favor con ARBA, se elevó a $300.000 el monto que posibilita acceder al trámite de devolución automática, que se gestiona por internet y tiene resolución rápida. Asimismo, se estableció que ese crédito fiscal podrá utilizarse para compensar deudas de otros impuestos provinciales.

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