Mediante la publicación de la RG 4749/20, la AFIP extendió hasta el 31/07 inclusive la utilización del Servicio de Presentaciones Digitales para la presentación de deteminados trámites.
El texto de lo resuelto es el siguiente:
LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustituir el artículo 1° de la Resolución General N° 4.685, por el siguiente:
“ARTÍCULO 1°.- Establecer, con carácter de excepción, hasta el día 31 de julio de 2020, inclusive, la utilización obligatoria del servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales”, implementado por la Resolución General N° 4.503 y su complementaria, para realizar electrónicamente las presentaciones y/o comunicaciones que se indican a continuación:
DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE |
Alta retroactiva de impuestos |
Aporte de documentación Reintegro SIR |
Asociación de CUITs |
Baja retroactiva en impuestos y/o regímenes |
Beneficio detracción anticipada |
Bonos fiscales – Utilización de imputación en exceso de anticipos |
Cambio de domicilio fiscal – Personas humanas |
Cambio de fecha de cierre de ejercicio |
Cancelación de inscripción por fallecimiento o alta de sucesión |
Capacidad Económica Financiera – CEF – Disconformidad |
Carga de fecha de jubilación |
Certificado de capacidad económica – Personas con discapacidad |
Certificado de exclusión de retención de IVA – RG N° 2.226 |
Certificado de exención impuesto a las ganancias – RG N° 2.681 |
Certificado de libre deuda previsional – Ley N° 13.899 |
Certificado de no retención de impuesto a las ganancias – RG N° 830 |
Certificado de no retención del régimen de seguridad social – Disconformidad |
Certificado de residencia fiscal |
Certificado de ventajas impositivas – RG N° 2.440 |
Consultas no vinculantes – Art. 12 Decreto N° 1.397/79 |
Consultas vinculantes – RG N° 4.497 |
Controlador fiscal – Baja y/o recambio de memoria |
Detracción para empleadores concesionarios de servicios públicos |
Devolución de saldos de libre disponibilidad – RG N° 2.224 |
Ejecuciones fiscales – Dación de pago de embargos (Título II) |
Ejecuciones fiscales – Plan de pagos de honorarios |
Ejecuciones fiscales – Presentaciones y comunicaciones varias |
Empadronamiento de imprentas |
Factura M – Disconformidad |
Habilitación de comprobantes – Suspensión para acreditación ante dependencia |
Impugnación – RG N° 79 |
Modificación de capacidad productiva |
Modificación de nombres, apellido y/o género |
Modificación estado administrativo CUIT – Modalidad reactivación presencial |
MONOTRIBUTO – Modificación de categoría actual por error |
Planes de pago – Anulaciones, cancelaciones anticipadas totales y otras |
Presentación de escritos recursivos – Art. 74 Decreto N° 1.397/79 |
Presentación F. 408 – Allanamiento o desistimiento |
Presentación F. 885 – Modificación alta y baja de empleados – RG N° 2.988 |
Procesamiento o anulación de compensaciones |
Promoción del desarrollo y producción de la biotecnología moderna |
Recupero de IVA por exportación |
Registración de contratos – Oferta de entrega escritos, no primarios |
Registro de beneficios ICREDED – RG N° 3.900 |
Reimputación de pagos – Formulario 399 |
Reintegro de impuesto sobre los combustibles líquidos |
Reorganización de sociedades |
SIPER – Disconformidad |
SISA – Cesión gratuita con derecho a usufructo |
SISA – Domicilio pendiente de validación en dependencia – Ex RFOG |
Solicitud de cartas de porte por excepción |
Solicitud de cupos en el Registro de Entidades Emisoras de Garantías (REEG) |
Solicitud de no retención impuesto a la transferencia de inmuebles |
Solicitud de registración de DJ rectificativa en menos |
Solicitud de reintegro de saldo libre disponibilidad, transferencia RG N° 1.466 |
Transferencia de importes convalidados – RG N° 1.466 |
Utilización de importes transferidos – RG N° 1.466, Art. 11 o RG 2.000, Art. 31 |
Verificaciones – Respuesta requerimiento |
Zona de emergencia – Acreditación |
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.– Comuníquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese. Mercedes Marco del Pont
e. 30/06/2020 N° 25868/20 v. 30/06/2020
Fecha de publicación 30/06/2020