LA AFIP adoptó medidas respecto de los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, tendientes a amortiguar el impacto negativo de la pandemia coronavirus (COVID-19) y del consecuente “aislamiento social, preventivo y obligatorio” dispuesto por el Decreto N° 297 del 19 de marzo de 2020.
En tal sentido por medio de la RG 4724/20 se estableció:
- Suspender hasta el 1 de junio 2020, el procedimiento sistémico referido a la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).
- A los efectos del cómputo del plazo para la aplicación de la baja automática por falta de pago durante 10 meses consecutivos, no serán tenidos en consideración los períodos de marzo, abril y mayo de 2020.
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