SOS Contador – La Factura Electrónica llegó para quedarse – Lo que hay que tener en cuenta

Las Resoluciones Generales de Afip N° 4.290, 4.291 y 4.292 publicadas en el B.O. 03/08/18 establecen los tipos de comprobantes electrónicos a utilizar, la forma de confeccionarlas y precisiones en el uso de Controladores Fiscales. Estas normas buscan flexibilizar el uso de las distintas alternativas de emisión de comprobantes, que respalden las operaciones de los sujetos obligados, pero ¿cuándo comienza a regir y a quienes alcanza?

 

Obligatoriedad y tipos de Facturas Electrónicas

 

En sus inicios la factura electrónica era obligatoria sólo para Responsables Inscriptos y Monotributistas de las categorías más altas, pero a partir de Octubre próximo pasará a ser obligatoria también para las categorías más bajas del Monotributo. Esta herramienta permitirá a la AFIP contar con información en tiempo real, tanto de las facturas emitidas como de las ¨facturas recibidas¨ por los contribuyentes.

Actualmente la obligación recaía solo sobre Monotributistas de las categorías F a K , pero a partir de Octubre comenzará la obligación en función del siguiente cronograma:

Categoría E desde el 1° de Octubre próximo.

Categoría D desde el 1° de Diciembre próximo.

Categoría C desde el 1° de Febrero de 2019.

Categoría B desde el 1° de Marzo de 2019.

Categoría A desde el 1° de Abril de 2019.

En particular los Monotributistas deberán confeccionar sus facturas Electrónicas mediante los siguientes procedimientos:

1) Mediante el servicio ¨Comprobantes en Línea¨ ingresando a la página de Afip con clave fiscal y generando las facturas desde la misma.

2) Mediante el uso del ¨Web Service¨ que requiere la intermediación de un sistema que permita generar la factura y luego obtener el CAE desde la comunicación vía internet entre dicho soft y la página de Afip.

Seguramente aquellos que emitan pocas facturas y no requieran una gestión administrativa que acompañe la actividad, optarán por confeccionar sus facturas en página de Afip, mientras que los que emitan un mayor número de facturas y requieran un control adicional de manejo de cuentas corrientes, movimientos financieros, control de stock, etc. recurrirán a un sistema de gestión que les permita, además, operar con el método Web Service.

También existe una aplicación que habilita a confeccionar Facturas Electrónicas desde la página de Afip a través del facturador móvil. Esta aplicación adicional permite confeccionarlas desde tablets y teléfonos inteligentes.

Los nuevos inscriptos en el Régimen Simplificado que opten por emitir ¨tickets¨ a Consumidores Finales deberán utilizar ¨Controladores Fiscales de última generación¨ y se justifica si realiza operaciones masivas. Si bien todavía se pueden seguir utilizando los ¨Controladores Fiscales tradicionales¨ sin conexión a internet, los mismos podrán comercializarse hasta el 31 de Marzo del 2019 y su vigencia de uso será hasta el 31 de Marzo de 2021. En ambos casos, el uso de Controladores Fiscales están sujetos a un Régimen de información especial.

Recategorización

Los sujetos inscriptos en el Régimen Simplificado podrán ¨recategorizarse¨ en dos oportunidades en cada año. Los meses de corte de control son Junio y Diciembre, y la recategorización se materializa si corresponde, en Julio y Enero respectivamente.

El control a efectuar consiste en comparar lo facturado en los últimos doce meses, con los topes de facturación de la tabla de categorías que publica Afip. Por ejemplo, el control a Junio sería el total facturado desde Julio del año anterior hasta Mayo del año de corte versus el valor anual de la Tabla de Afip para la categoría en que se encuentra el contribuyente. En caso que el contribuyente no lo haga y haya superado el tope de facturación para su categoría, Afip podrá recategorizarlo de oficio.

Hay algo mas que controlar?

En general se piensa que con estar dentro de los topes establecidos en la categoría donde se encuentra inscripto no habría motivos para preocuparse. Incluimos aquí las ventas y los parámetros de superficie, consumo energético y alquileres.

Pero en realidad hay dos factores mas que debieran considerarse dentro de un control responsable. Compras y Gastos. Son pocos los monotributistas que llevan un registro de compras de mercaderías, materiales, insumos, mantenimiento y cualquier otro gasto relacionado con la actividad.  Sin embargo, los proveedores ahora confeccionarán facturas electrónicas a su nombre y Afip tendrá información en tiempo real. Será fácil para el organismo verificar la comparación entre lo ¨vendido¨ y lo ¨comprado¨ para evaluar la situación del contribuyente. Gastos Personales. Aún son menos los que controlan los gastos personales exteriorizados para analizar si ¨cierra la ecuación¨. Las ¨ventas¨ menos las ¨compas y gastos¨ deben permitir solventar los gastos personales. Afip cuenta con información de compra de bienes registrables, propiedades, consumos de tarjeta de crédito y débito, depósitos bancarios, pago de expensas, alquileres, cuotas de colegios, compra de divisas, viajes al exterior, etc. Basta con ingresar a la página de Afip con clave fiscal y consultar ¨Nuestra Parte¨ para conocer lo que el organismo sabe de nosotros. Afip también podrá recategorizar en base a estos indicios.

 

Recomendaciones

Aunque el lanzamiento del Régimen Simplificado fue acompañado del mensaje que alentaba al pequeño contribuyente a administrar su situación fiscal prescindiendo de un Contador, la realidad es que con el paso del tiempo, la irrupción de la Factura Electrónica generalizada y los regímenes de información, sería recomendabe consultar a un profesional en ciencias económicas al menos en las fechas de posible recategorización para efectuar un análisis global de la situación. Sobre todo en aquellos casos de categorías superiores donde se está al límite de abandonar el Régimen Simplificado y pasar a Responsable Inscripto.

Por supuesto, efectuar los pagos del monotributo en tiempo y forma para evitar reclamos y eventualmente la pérdida de la condición de monotributista por falta de pago.

Prestar atención a la confección on line de facturas, ya que Afip contará con la información en tiempo real. Ante cualquier error, recurrir a la anulación mediante confección de Nota de Crédito.

Recurrir a un soporte tecnológico cuando la administración del negocio así lo requiera. Los sistemas de gestión on line en la nube permiten compartir bases entre contador y cliente desde cualquier sitio y llevar el control al día de las operaciones, lo que ayuda a tomar medidas preventivas a tiempo. Recordemos que es importante llevar un control mensual de compras y gastos del negocio y la evolución financiera del mismo.

Nos estamos olvidando de algo?

Recordemos que el monotributista en general (salvo excepciones) debe tributar Ingresos Brutos según lo reglamenta cada jurisdicción. La mayoría de las mismas cuenta con un régimen simplificado similar al monotributo y habrá que analizarlo en cada caso. Es común que crucen información entre Rentas y Afip por lo que es imprescindible cumplir en tiempo y forma.

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