¿Cómo serán los próximos pasos luego de la modificación en el monotributo y las nuevas tablas del impuesto?

Mediante un comunicado de prensa emitido hoy, AFIP dio a conocer cuáles serán las principales modificaciones que habrá en el monotributo y como quedarán las nuevas tablas. La reglamentación se publicaría mañana en el boletín.

  • Incremento del 75% en el parámetro de ingresos brutos.
  • Se incorporó la categoría “A”.
  • Se permite el reingreso a los sujetos excluidos de oficio, y los autoexcluidos, durante el 2016.
  • Se aplicará la nueva tabla de parámetros para la primera recategorización del 2017.
  • Recategorización de oficio: se incorporan presunciones.

Próximos pasos:

AFIP realizará una recategorización de oficio, en la cual se va a encuadrar a los contribuyentes en la categoría inmediata inferior a la que estaba inscripto en diciembre del 2016.

Los monotributistas deberán confirmar esta categorización de oficio hasta el 30/04/2017, y descargarse su nueva credencial que le servirá para el pago mensual

Pago mensual de los meses de enero y febrero 2017:

Se utilizará la credencial de pago vigente a diciembre de 2016.

Pagos que se realizan por medios electrónicos (VEP, Home Banking y débitos automáticos) se pagarán con los nuevos valores. En el caso de VEP a partir del 10/01/2017.

Pagos que se realicen en bancos, Pago Fácil, Provincia Pagos, Rapipago, etc.: si la entidad no adecuó sus sistemas de caja, se cancelarán a valores de diciembre de 2016, y los monotributistaspodrán ingresar la diferencia con la nueva escala hasta el 31/05/2017, sin intereses.

Para pagar esta diferencia, en www.afip.gob.ar estará disponible desde el 10/01/2017 una aplicación libre sin clave fiscal, a través de la cual con solo ingresar su número de CUIT el ciudadano podrá calcular las diferencias y generar los formularios ya confeccionados para pagar esas diferencias.

Prórroga de la recategorización opcional de enero 2017: se podrá realizar a partir del 10/01/2017 y hasta el 31/01/2017.

Reingreso de monotributistas excluidos durante el 2016: se permitirá su inscripción en el monotributo hasta el 31/05/2017.

Obligados a pagar por medios electrónicos, a presentar la DDJJ informativa cuatrimestral y a utilizar factura electrónica: deberán continuar haciéndolo hasta que se emita la norma de AFIP que lo adecue a las nuevas categorías.

Constancia de inscripción y formulario de Data Fiscal: disponibles a partir del 10/01/2017.

Fuente: www.eco-nomicas.com.ar

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